Exenciones Fiscales

En la República Dominicana, las zonas francas juegan un papel crucial en el desarrollo económico y la promoción de exportaciones. Las empresas establecidas dentro de estas zonas disfrutan de una serie de exenciones fiscales y aduaneras que les permiten operar con mayores márgenes de competitividad. A continuación, se detallan las exenciones más relevantes que benefician a las operadoras y empresas dentro de las zonas francas.

Exenciones del Impuesto Sobre la Renta

Beneficios para las Empresas

Las empresas en zonas francas están exentas del pago del Impuesto Sobre la Renta, establecido por la ley 5911 del 22 de mayo de 1962 y sus modificaciones. Esta exención incluye todas las compañías por acciones, permitiendo así una mayor reinversión de las utilidades en el crecimiento y desarrollo empresarial.

Exención de Impuestos sobre Construcción y Traspaso

Las operadoras de zonas francas también están exentas del pago de impuestos relacionados con la construcción, los contratos de préstamos y el registro y traspaso de bienes inmuebles. Esta exención aplica desde la constitución de la operadora, facilitando así la expansión de infraestructuras dentro de las zonas francas.

Impuestos Municipales y de Importación

Exoneración de Impuestos Municipales

Las actividades desarrolladas en las zonas francas no están sujetas al pago de impuestos municipales creados, lo cual reduce significativamente los costos operativos para las empresas.

Exención de Impuestos de Importación

Las empresas en zonas francas gozan de exenciones en todos los impuestos de importación, aranceles, derechos aduanales y gravámenes conexos. Esto incluye materias primas, equipos, materiales de construcción, y otros insumos necesarios para la construcción, habilitación y operación de las zonas francas.

Exenciones en Exportación y Otros Impuestos

Impuestos de Exportación

Las empresas no están sujetas al pago de impuestos de exportación o reexportación, lo cual incentiva la producción y comercialización de productos hacia mercados internacionales.

Impuesto de Patentes y ITBIS

Además, las zonas francas están exentas del impuesto de patentes, sobre activos o patrimonio, así como del Impuesto de Transferencia de Bienes Industrializados (ITBIS), lo que reduce los costos fiscales y fomenta la reinversión en la empresa.

Derechos Consulares y Equipos de Bienestar

Exoneración de Derechos Consulares

Todas las importaciones destinadas a los operadores o empresas de zonas francas están exentas de los derechos consulares, lo que simplifica y abarata el proceso de importación.

Exención para Equipos de Bienestar

Las empresas pueden importar, sin pagar impuestos, equipos y utensilios necesarios para la instalación y operación de comedores económicos, servicios de salud, guarderías infantiles, y otros servicios de bienestar para los empleados.

Equipos de Transporte

Vehículos de Transporte

Las empresas en zonas francas pueden importar vehículos de carga, colectores de basura, microbuses y minibuses para el transporte de empleados sin pagar impuestos de importación, previa aprobación del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación. Estos vehículos no podrán ser transferidos por un periodo mínimo de cinco años.

Procedimiento para la Exención de ITBIS

Solicitud y Renovación de Carné de Exención de ITBIS

Para solicitar o renovar el carné de exención de ITBIS, las zonas francas deben tramitar su solicitud a través del Ministerio de Hacienda. Este carné, que tiene una vigencia de un año, es emitido exclusivamente a las zonas francas de exportación acogidas a la Ley 8-90. El Ministerio de Hacienda gestiona la solicitud en la DGII con la autorización correspondiente.

Duplicado por Pérdida del Carné

En caso de pérdida del carné de exención de ITBIS, se debe presentar una carta de solicitud firmada y sellada, un recibo de cobro por RD$1,000.00 y una certificación de pérdida emitida por la Policía Nacional, en el Centro de Asistencia al Contribuyente o en el área de información de la Administración Local más cercana.

Conclusión

Las exenciones fiscales y aduaneras ofrecidas a las operadoras y empresas dentro de las zonas francas en la República Dominicana son un incentivo clave para la inversión y el desarrollo económico. Estas exenciones permiten a las empresas reducir costos operativos, reinvertir en su crecimiento y competir en mercados internacionales, posicionando al país como un destino atractivo para la industria y el comercio.

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