Impuesto de Ganancia de Capital en la República Dominicana

El impuesto de ganancia de capital en la República Dominicana es un tributo esencial para las personas físicas y jurídicas que realicen la transferencia o traspaso de bienes o derechos dentro del país. Este impuesto se aplica tanto a transferencias gratuitas como onerosas, y afecta a aquellos bienes o derechos cuya propiedad se transfiere, incluso de manera indirecta, a través de la venta de acciones de sociedades poseedoras de dichos bienes.

Definición del Impuesto de Ganancia de Capital

El impuesto de ganancia de capital grava la transferencia de bienes o derechos situados en la República Dominicana. Esto incluye terrenos, activos financieros y bienes intangibles, siempre y cuando estos se traspasen a un tercero. La obligación de pagar este impuesto recae sobre las personas físicas o jurídicas que enajenen dichos activos.

Bienes Sujetos al Impuesto

Los bienes sujetos al impuesto de ganancia de capital abarcan todos los activos en poder del contribuyente, ya sea en conexión con su negocio o no. Esto incluye:

  • Terrenos: Propiedades inmobiliarias.
  • Activos Financieros: Inversiones en instrumentos financieros.
  • Bienes Intangibles: Derechos de propiedad intelectual, marcas, patentes, etc.

Bienes No Sujetos al Impuesto

No se consideran activos de capital y, por ende, no están sujetos al impuesto:

  • Cuentas o Notas por Cobrar: Créditos comerciales.
  • Inventarios: Mercancías adquiridas para la venta.
  • Bienes Depreciables o Agotables: Activos cuya vida útil se agota con el tiempo o el uso.

Cálculo de la Ganancia de Capital

Para determinar la ganancia de capital, se deduce del precio de venta o valor de enajenación el costo fiscal del respectivo bien o activo de capital. Es decir, la ganancia imponible se calcula restando del valor de venta el valor de adquisición ajustado del activo.

Tasa de Impuesto sobre Ganancias de Capital

La tasa de impuesto varía dependiendo del tipo de contribuyente:

  • Persona Física Extranjera: 27%
  • Persona Jurídica Extranjera: 27%
  • Persona Física Nacional: 25%
  • Persona Jurídica Nacional: 27%

Declaración del Impuesto

La ganancia de capital debe ser reportada en la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR), utilizando el Formulario IR-1 para personas físicas o IR-2 para personas jurídicas. Es crucial presentar esta declaración para cumplir con las obligaciones fiscales.

Procedimiento para No Contribuyentes

En caso de no estar registrado como contribuyente y no tener la obligación de declarar el ISR, se debe solicitar la validación del cálculo y la determinación del impuesto. Este proceso implica anexar la documentación que avale los montos de la transacción. Impuestos Internos revisará los documentos y emitirá una comunicación o resolución con el impuesto a pagar.

Pago del Impuesto para Extranjeros

Para personas físicas o jurídicas extranjeras no residentes en el país, el pago del impuesto se realiza mediante un agente de retención. La persona o entidad que actuará como agente retenedor debe ser designada y solicitar esta función.

Retención para Vendedores No Residentes

Si el vendedor es no residente, la entidad relacionada indirectamente o el comprador, si es residente, deben retener el 100% del impuesto generado. Esto asegura el cumplimiento tributario y facilita el proceso de pago del impuesto correspondiente.

Base Legal

La base legal del impuesto de ganancia de capital se encuentra en la Ley 11-92, específicamente en los artículos 289, párrafo II, 297 y 305. Estos artículos detallan las obligaciones y procedimientos para la declaración y pago de este impuesto.

Preguntas Frecuentes (FAQs)

  • 1. ¿Qué es una ganancia de capital?

Una ganancia de capital es la diferencia positiva entre el valor de adquisición y el valor de venta de un activo.

  • 2. ¿Cuál es la tasa de impuesto para personas físicas nacionales?

La tasa de impuesto sobre ganancias de capital para personas físicas nacionales es del 25%.

  • 3. ¿Qué bienes están excluidos como activos de capital?

Están excluidos las cuentas por cobrar, existencias comerciales, bienes depreciables, activos financieros y bienes intangibles.

  • 4. ¿El sistema impositivo dominicano es territorial?

Sí, solo se pagan impuestos por actividades realizadas dentro del país.

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